
Protocolo contra la violencia
El posado 25 de junio de 2021 entró en vigor la Ley 0rgónica 8/2021. de 4 de junio. de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, cuyo artículo 48.1.al,establece que las entidades que realizan de forma habitual actividades deportivas o de ocio con personas menares de edad estarón obligados a:
l. Aplicar los protocolos de actuación para la prevención, detección precoz e intervención, frente a las posibles situaciones de violencia sobre la infancia y la adolescencia comprendidas en el ómbito deportivo y de ocio. Dichos protocolos deberón ser aplicados en todos los centros que realicen actividades deportivas y de ocio, independientemente de su titularidad y, en todo caso, en la Red de Centros de Alto Rendimiento y Tecnificación Deportiva, Federaciones Deportivas y Escuelas municipales [obligatorio desde el 25 de junio de 2021);
2. Implantar un sistema de monitorización para asegurar el cumplimiento de los protocolos anteriores en relación con la protección de las personas menares de edad [obligatorio desde el 25 de diciembre de 2021, según la Disposición Adicional 25ª)
3. Designar la figura del Delegada/a de Protección [obligatorio desde el 25 de diciembre de 2021, según la Disposición Adicional 25ª)
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DEL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A LA VIOLENCIA
Contacto : Carles Daban Pelegri